El pacto de socios
Si eres emprededor, el pacto de socios para tu startup, es un documento que no puedes pasar por alto.
Generalmente hay muchas cosas que los emprendedores tenéis que decidir para poner en marcha una startup y con tantos quebraderos de cabeza, es un error frecuente olvidarse del pacto de socios.
Te recomendamos que le prestes al pacto de socios, la atención que se merece puesto que este documento puede determinar el éxito de tu empresa.
El pacto de socios ha de dejar claro los siguientes puntos:
– Determinar a qué se compromete cada socio.
– Definir bien los roles y responsabilidades de cada uno.
Rosa Serra.
Tenemos experiencia en preparar a los emprendedores para elaborar el pacto de socios y siempre les recomendamos estar atentos a las siguiéntes cláusulas clave.
Antidilución y liquidación preferente
Estas dos cláusulas suelen ser las más problemáticas para el emprendedor.
Aunque entendemos que el inversor quiera proteger su inversión con mecanismos que aseguren su retorno, son dos cláusulas que de entrada, no nos gustan porque el emprendedor es quien sale perdiendo, en caso de que se ejecuten.
Si se ejecutan estas cláusulas, lo mejor es que las hayas preparado bien para que no salgas mal parado.
Estamos comprobando que cada vez son más los inversores que las piden en etapas iniciales.
Si el inversor te las ha solicitado, te damos algunos consejos a la hora de negociarlas para que no te dejen en la peor posición.
Agota todas las posibilidades
Te aconsejamos que agotes todas las posibilidades, antes de incluir estas cláusulas en el pacto de socios de tu startup.
Averigua qué motiva al inversor para pedir esas cláusulas, y valora si vale la pena incluirlas.
Puede que sea porque considera que la valoración que marcas es muy alta, y lo único que quiere es protegerse del riesgo de que cierres la siguiente ronda a una valoración inferior.
Si ese es el motivo, te recomendamos que lo reconsideres.
Es preferible cerrar con una valoración más ajustada a cambio de no tener estas cláusulas. Si las incluyes en tu pacto de socios, todos los inversores que vengan detrás las querrán, y no tendrás argumentos para negárselas.
Con estas cláusulas corres el riesgo de que consigas un exit y acabes llevándote una cantidad ridícula que ni siquiera esté acorde con tu porcentaje en el capital.
Negocia la menos mala
Si te encuentras ya en un punto en el que has decidido continuar adelante con ese inversor que te pide antidilución y liquidación preferente, céntrate en negociar las condiciones.
Hay varios tipos de fórmulas, te contamos las menos agresivas.
1. Liquidación preferente con 1X SINGLE DIP
Por lo que respecta a liquidación preferente, tenéis que defender a capa y espada el 1x single dip.
¿Qué significa esto?
Que el inversor se asegura el retorno del mismo importe que ha invertido (x2 sería un retorno del doble, x3 del triple).
Por suerte he de decir que la mayoría de inversores con los que coinvertimos sí que acceden al x1 single dip.
Además, single dip implica que una vez haya recuperado su inversión, ya no tendrá derecho a cobrar más, por lo que quedará un trocito de tarta más para vosotros (si es que ha sobrado).
Ten en cuenta, y asegúrate que así queda reflejado en el pacto, que la liquidación preferente solo se activa si la desinversión se hace a una valoración inferior a la que entró el inversor.
2. Antidilución con weighted average price
Si hablamos de antidilución, la cláusula de precio medio ponderado o weighted average price, pese a su complejidad, es la más benevolente con los socios preexistentes frente a la de full ratchet.
Aseguraros que se entiende. Repasad una y otra vez la redacción para que quede bien clara y no de lugar a diferentes interpretaciones.
Muchas veces son traducciones literales de pactos anglosajones enrevesados que en derecho español, no tienen demasiado sentido.
Tenéis que dedicarle tiempo y hacer pruebas con las fórmulas.
En una ocasión nos ocurrió que, aplicando una misma fórmula, nos salieron hasta 7 resultados diferentes en función de la interpretación que le diésemos a la cláusula. Evidentemente no estaba bien planteada. Por suerte lo detectamos antes de firmar el pacto y lo corregimos.
Phantom Shares: ¿necesidad o moda?
En el último año no he visto ni un solo pacto de socios en el que no se reserve un pool para Phantom Shares.
Tengo la impresión de que todo buen pacto de socios viene ya con las Phantoms de serie y que no se discute, porque se da por hecho, que toda buena startup tiene que dar Phantoms para retener talento.
Hace poco preguntamos a un emprendedor que las tenía reguladas en su pacto de socios y nos dijo que no tenía pensado darlas, pero las había mantenido porque le habían dicho que era lo normal.
Párate a pensar en lo que significa esta cláusula y las implicaciones que tiene.
Las Phantoms no son más que una obligación de pagar un bonus económico a trabajadores clave si se cumplen determinadas circunstancias, normalmente la venta de la compañía, vinculando el importe del incentivo al valor de la compañía.
Parece razonable si el trabajador ha contribuido a llevar a la compañía a ese estadio deseado. Pero la contrapartida es que, muchos inversores piden que sea contra la rentabilidad de los socios preexistentes, por eso la valoración de la compañía se fija como fully diluted, con el consecuente efecto de que os diluís incluso si no llegáis nunca a dar Phantoms.
No te sientas forzado por el inversor. El que conoce bien al equipo y tiene que tener clara la política retributiva eres tú.
Reflexiónalo bien, y si no tienes en mente dar Phantoms, explícaselo al inversor y convéncelo de que tienes otras estrategias para retener el talento.
Mantén poderes suficientes
Es muy habitual que el lead inversor te pida una silla en el consejo de administración.
No hay problema, dásela.
La finalidad del inversor es tener control sobre cuestiones estratégicas para la compañía, por lo que querrá tener veto en decisiones relevantes.
Pero como CEO, asegúrate de mantener poderes suficientes que te permitan tomar decisiones de la operativa ordinaria sin necesidad de pasar por el consejo para garantizar la agilidad que precisa el día a día.
Como por ejemplo:
- Pagar nóminas
- Contratar trabajadores
- Firmar contratos dentro del tráfico habitual de la compañía
Suena lógico, ¿verdad? Pues de tan lógico que es, muchas veces se pasa por alto mencionarlo en el pacto de socios, y las consecuencias pueden ser muy graves: incumplimiento del pacto de socios.